Ministerio Público acusa al sucesor de Luis Gamarra de autorizar un pago ilegal de S/ 2.1 millones en 2017 y, tras acreditar la agravante de pluralidad de agentes, exige su inhabilitación y reclusión inmediata por el delito de peculado doloso.
La estabilidad política de la Provincia del Santa enfrenta su momento más crítico en lo que va del periodo de gestión municipal, luego de que el Ministerio Público formalizara una contundente acusación penal contra la máxima autoridad provincial, el alcalde Felipe Juan Mantilla Gonzales. La situación legal del burgomaestre, quien asumió las riendas de la comuna tras la victoria electoral de la agrupación Juntos por el Perú en 2022 y el posterior fallecimiento del titular, Luis Gamarra Alor, ha pasado de ser una investigación preliminar a un pedido formal de privación de libertad que amenaza con interrumpir abruptamente su mandato. El fiscal Gilberto Acuña Remigio, del Sexto Despacho de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Áncash, ha concluido su investigación preparatoria solicitando 9 años de cárcel efectiva, inhabilitación para ejercer cargos públicos y el pago de una reparación civil, basándose en hechos ocurridos durante el paso de Mantilla por la administración regional, un pasado que hoy regresa para poner en jaque su futuro político y su libertad personal.


El origen de esta grave imputación se remonta al año 2017, cuando Felipe Mantilla no ocupaba un cargo de elección popular, sino que se desempeñaba como funcionario de confianza en el puesto de Gerente Regional de Administración del Gobierno Regional de Áncash. Según la tesis fiscal, plasmada en el requerimiento acusatorio, Mantilla habría participado en una operación ilícita para favorecer económicamente a la empresa «Consorcio Los Pescadores» con fondos del Estado. La acusación sostiene que, en su calidad de administrador de los caudales públicos, el hoy alcalde permitió y autorizó el pago de S/ 2’122,787.77 a favor de dicho consorcio, una acción que contravino abiertamente la legalidad administrativa y judicial. Lo medular del delito radica en que existía un Laudo Arbitral de Derecho, una sentencia firme en el ámbito de contrataciones, que había declarado improcedente dicho pago; sin embargo, ignorando este mandato y tergiversando los procedimientos administrativos, se procedió a desembolsar el dinero público, configurando lo que en derecho penal se conoce como peculado doloso por apropiación para otro, un delito que castiga al funcionario que se queda con dinero público o, como en este caso, se lo entrega indebidamente a un tercero.
Exp.-01798-2022-7-0201-JR-PE-05-Resolucion-215194-2025Para comprender la severidad de la pena solicitada de 9 años, es fundamental desglosar el cálculo técnico que ha realizado el Ministerio Público amparándose en el sistema de tercios que rige la determinación de las penas en el Perú. El delito de peculado doloso agravado, tipificado en el artículo 387 del Código Penal, establece un marco punitivo que oscila entre los 9 y los 12 años de privación de libertad. Para fijar la condena exacta, la ley divide este rango en tres partes iguales (un tercio inferior, un tercio intermedio y un tercio superior). Si el acusado no tuviera antecedentes y actuara solo, la pena se ubicaría en el extremo más bajo. No obstante, la situación de Felipe Mantilla se complica jurídicamente debido a la presencia de una circunstancia agravante específica (pluralidad de agentes). La Fiscalía argumenta que este desfalco no fue obra de una sola persona, sino el resultado de una concertación de voluntades entre varios funcionarios de la cadena de mando, incluyendo al tesorero, al gerente de infraestructura y al administrador. Al existir esta agravante, el juez estaría impedido de aplicar la pena mínima de 9 años, obligando a desplazar el cálculo punitivo hacia el límite superior del tercio inferior y el inicio del tercio intermedio. Es por esta razón técnica que el fiscal Acuña Remigio no solicita el mínimo legal, sino que exige una sanción concreta de 9 años de prisión efectiva, un tiempo que, de ser ratificado por el juzgado, implicaría el internamiento inmediato del alcalde en un centro penitenciario sin posibilidad de suspensión de la pena.
Es imposible analizar este caso sin mencionar la figura del exalcalde y exgobernador, Luis Fernando Gamarra Alor, cuya sombra se proyecta sobre todo el expediente. Gamarra Alor, quien encabezó la lista ganadora de Juntos por el Perú en las elecciones de 2022 llevando a Mantilla como su primer regidor, también estaba comprendido en esta investigación bajo los mismos cargos de colusión y negociación incompatible. Sin embargo, el documento judicial confirma el sobreseimiento definitivo de la causa en su contra debido a su fallecimiento, lo que extingue la acción penal sobre su persona pero no borra la presunta responsabilidad de los funcionarios que operaron bajo su mando. Mientras la justicia ha cerrado el capítulo para el fallecido líder político, el proceso continúa con todo su rigor para sus exsubordinados, colocando a Felipe Mantilla en una posición de extrema vulnerabilidad legal, pues ya no cuenta con el paraguas político de su antecesor y debe responder individualmente por los actos administrativos que firmó en el pasado.
El escenario inmediato para el alcalde provincial del Santa ya tiene fecha y hora en la agenda judicial. El Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios ha programado la audiencia de control de acusación para el próximo 19 de marzo de 2026 a las 11 de la mañana. En esta etapa procesal crucial, que se llevará a cabo de manera virtual, el juez Miguel Ángel Dueñas Arce decidirá si las pruebas presentadas por la Fiscalía tienen la solidez suficiente para llevar a Felipe Mantilla a juicio oral. De prosperar la acusación y emitirse posteriormente una sentencia condenatoria, incluso en primera instancia, la Ley Orgánica de Municipalidades establece la suspensión inmediata del cargo de alcalde, lo que sumiría a la provincia del Santa en una nueva crisis de gobernabilidad. Mientras tanto, la ciudadanía observa con preocupación cómo la gestión de su ciudad queda condicionada por un proceso penal que avanza inexorablemente hacia su desenlace, recordando que en la administración pública, las firmas del pasado pueden convertirse en las sentencias del futuro.