Aquellos ciudadanos que tengan sentencias condenatorias o figuren como deudores, ya sea alimentarios o de reparaciones civiles, no podrán postular a cargos de elección popular 2026, según lo recordó el experto electoral, José Naupari.
El exalcalde de la municipalidad provincial de Huaraz, Vladimir Antonio Meza Villareal, en su frustrada participación en las elecciones municipales y regionales 2022, por el Movimiento Regional El Maicito consignó ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), dos sentencias por alimentos (expedientes 633-2017 y 141-2013) y la sentencia por desobediencia y resistencia a la autoridad (Expediente 852-2015), en tanto omitió la sentencia por violencia familiar, por el que fue excluido.


¿Qué estipula la debatible disposición legal y que mencionan los expertos?
Aquellos ciudadanos que tengan sentencias condenatorias o figuren como deudores, ya sea alimentarios o de reparaciones civiles, no podrán postular a cargos de elección popular 2026, según lo recordó el experto electoral, José Naupari.
Tampoco pueden hacerlo quienes tengan o hayan tenido sentencia judicial por tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, así hayan cumplido su condena, porque legalmente tienen un impedimento de naturaleza permanente.
El impedimento se aplica a todos los cargos de elección popular, incluyendo elecciones regionales, municipales y congresales.
¿Por qué fue excluido en 2022?
En agosto de 2022, Vladimir Meza fue excluido de su intención de candidatear al gobierno regional de Áncash por omitir en declarar una sentencia por violencia familiar. En la presente coyuntura, se apresta a postular al Senado con el partido País Para Todos, fundado por él mismo.